El año 2019 no ha sido un periodo en que el SII haya emitido circulares con aspectos interesante de la vida de los contribuyentes, limitándose a emitir normas que regulan elementos particulares como la facilitación del aviso de pérdida de existencia, activo fijo o documentación contable producto de siniestros, algunas normas de interés para la aplicación de convenios de doble tributación y otros aspectos muy particulares que ya hemos comentado en los otros TNL. Es por ello que en esta oportunidad dedicaremos nuestros comentarios a dos aspectos futuros que se nos avecinan.
Declaraciones Juradas
Con el inicio del año calendario se avecinan las laboriosas horas destinadas a enviar las declaraciones juradas que los contribuyentes tienen que enviar al SII para nutrirlo de ingentes cantidades de información que es utilizada en sus procesos de cruce de información, como también de propuestas de declaración.
En cada ejercicio, el organismo fiscalizador recibe diversos datos a través de las más de 60 declaraciones juradas, resultando un trabajo y estrategia muy interesante y eficiente, pero que redunda en mucho trabajo para los contribuyentes.
Este año no es una excepción y debemos atender a este requerimiento, ya sea procesando manualmente los datos o utilizando algún software que facilite la captura de los datos.
No se visualizan mayores cambios para este ejercicio, motivo por el cual ya podemos proyectar la carga de trabajo a realizar a contar de febrero del próximo año. Eso sí, hay que saber que hay nuevas, pero específicas declaraciones juradas.
No corresponden a situaciones generales y recurrentes para todos los contribuyentes, pero sí configuran más información que el SII podrá procesar y hacer más eficientes sus procesos de fiscalización.
Las Resoluciones 101 a la 111 del 30/09/19, emitidas por el SII, que modifican la DJ se detallan a continuación:
Resolución N° | Fecha | DJ Modificada /Instrucciones | |
---|---|---|---|
105 | 30-9-19 | 1913 | Ver Resolución |
106 | 30-9-19 | 1822 | Ver Resolución |
107 | 30-9-19 | 1941 | Ver Resolución |
108 | 30-9-19 | 1907-1937 | Ver Resolución |
109 | 30-9-19 | 1945 | Ver Resolución |
110 | 30-9-19 | 1894, 1926,1932,1940,1887,1902,1922 y 1946 Elimina DJ 1836 y 1901 |
Ver Resolución |
111 | 30-9-19 | Fija plazos presentación DJ AT 2020 | Ver Resolución |
Finalmente, adjuntamos un link para acceder a Layout Formularios DJ AT 2020 del SII, ingresando a formularios, y obtendrán en formato excel DJ AT 2020 para fines que estimen pertinentes.
https://alerce.sii.cl/dior/dej/html/dj_autoverificacion.html
Aumento del Monto de Retención de Honorarios
El 2 de febrero del 2019 se publicó la Ley 21.133 que establece la incorporación a los trabajadores a honorarios a los regímenes de protección social, estableciendo la obligación de realizar pagos de cotizaciones. Esta obligación se financiará en parte con las retenciones que se hacen de los honorarios que reciben durante el año, cuya tasa actual es de un 10%.
Para poder generar una “devolución” de las retenciones que permita destinar parte o su totalidad de ella al financiamiento de las cotizaciones, se ha establecido un aumento gradual de esta retención, aplicando los siguientes porcentajes para los siguientes años.
Año | %Retención |
2020 | 10,75 |
2021 | 11,5 |
2022 | 12,25 |
2023 | 13 |
2024 | 13,75 |
2025 | 14,5 |
2026 | 15,25 |
2027 | 16 |
2028 | 17 |
Como podemos apreciar, existirá un aumento paulatino de la retención que irá en beneficio a un ahorro obligatorio que ayudará a incrementar el fondo de pensiones de los trabajadores independientes.
Sin embargo, será evidente el efecto en la liquidez de las honorarios percibidos por este tipo de contribuyentes, quienes verán disminuida la suma a percibir, encareciendo los servicios y acercándolos al valor del IVA. Es importante tener presente este incremento para la planificación de los ingresos del próximo y futuros años de ejercicio profesional independiente.